El certificado de penales es un documento básico que recoge la existencia, o no, de delitos cometidos por un ciudadano (o empresa) que estén reflejados en el Registro Central de Penados. En este registro, se inscriben las resoluciones firmes sobre la comisión de delitos que conlleven penas o medidas de seguridad dictaminadas por los juzgados o Tribunales. No aparecen los delitos de faltas.
El certificado confirma si existen o no delitos y condenas, incluyendo aquellas impuestas por otros estados miembros de la Comunidad Europea que hayan sido convenientemente notificados (siguiendo las directrices de la normativa vigente).
Solicitar este certificado supone realizar un trámite personal importante o incluso esencial a la hora de optar a determinados empleos, especialmente si esa oferta laboral se ubica fuera de España.
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Quién puede pedir el certificado de penales
El Registro Central de Penados es un órgano de apoyo de la Administración de Justicia y es él el que lo expide y a quien debe solicitarse, aunque la petición se realice a través del Ministerio de Justicia.
Es importante tener claro que éste no es un registro público, al que todo el mundo tenga derecho de acceso (nadie puede conocer los antecedentes penales de una persona a menos que ésta esté dispuesta a facilitarlos solicitándolos directamente o realizando las autorizaciones pertinente). Por eso conviene saber quién puede pedirlo:
- El interesado. Persona física, ciudadano español y mayor de edad. Directamente o autorizando a alguien que aporte toda la documentación solicitada en estos casos: fotocopias compulsadas de documentos de identificación y autorización
- Personas jurídicas. A través de sus representantes que deberán aportar documento público notarial que acredite la representación.
- Administraciones públicas. En determinados casos, una persona no tiene que solicitar directamente el certificado de penales porque puede autorizar a la Administración General del Estado o a una administración autonómica o local solicitarlo en su nombre. Ocurre, por ejemplo, en casos de adopciones, o de solicitudes de permisos o licencias concretas. En cualquier caso, también la Administración necesita una autorización previa.
- Ciudadanos de la Unión Europea no españoles. En estos casos, el Registro solicitará a las autoridades y organismos correspondientes del país de nacionalidad del solicitante, la información sobre posibles antecedentes penales en ese país para incluirla también en el certificado.
El certificado de antecedentes penales puede solicitarlo, por ejemplo, cualquier organismo que lo considere oportuno para el desempeño de un determinado trabajo generalmente relacionado con la sanidad y la educación pero también puede exigirlo el propietario de una joyería si quiere comprobar que su futuro empleado nunca ha estado condenado por robo.
También es muy común que algunas empresas extranjeras lo demanden entre la documentación a aportar para solicitar un puesto de trabajo fuera de España. En este sentido, conviene recordar que el certificado, según el país de destino puede requerir apostilla de la Haya o legalización única para que tenga validez.
Hay que tener claro que este certificado no es igual ni sustituye al certificado de delitos de naturaleza sexual, un documento que, desde hace unos años, es requisito imprescindible y exigible por Ley para poder desempeñar profesiones o actividades que impliquen contacto directo y habitual con menores de edad.
De forma general, el SEPE y las demás Administraciones Públicas, solicitan este certificado al Ministerio de Justicia una vez lo hayamos autorizado. Una gran mayoría de casos se refieren al APRE, pago acumulado y anticipado del paro para extranjeros.
Dónde pedir el certificado de penales
Como ya ocurre con la mayoría de certificados también el de antecedentes penales puede solicitarse por tres vías: de forma presencial, por correo ordinario y por Internet.
De manera presencial
Basta con acudir, convenientemente acreditado (DNI) o con las autorizaciones correspondientes, a la Oficina Central de Atención al Ciudadano en Madrid o bien a las Gerencias Territoriales que el Ministerio de Justicia tiene en el resto de comunidades autónomas. También son válidas como punto de recogida del documento de solicitud las delegaciones y subdelegaciones del gobierno y los registros de los órganos administrativos estatales, autonómicos o locales.
Por correo
También puedes hacer tu solicitud por correo ordinario dirigiendo la misma a cualquiera de las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia o, en el caso de Madrid a la Oficina Central de Atención al ciudadano del Ministerio de Justicia (Calle Bolsa 8, 28012 Madrid). especificando Sección de Penales. En este caso, deberás adjuntar fotocopias de los documentos identificativos. Debes dirigirte a este organismo también si solicitas tu certificado de penales desde el extranjero.
Por Internet
Puedes tramitar directamente tu certificado on line si estás inscrito en el sistema Cl@ve o dispones de certificado digital. A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia podrás rellenar el correspondiente formulario y justificar el pago de tasas. Una vez hecho esto, recibirás un número de solicitud con el que podrás descargar tu certificado (pdf) cuando esté disponible.
Si no estás en cl@ve o no dispones de certificado digital, de igual modo puedes (y debes) descargar el impreso de solicitud porque será éste el que debas presentar por correo o de manera presencial.
Cómo rellenar el modelo 790
El formulario 790 es el que debes descargar de internet y rellenar para poder solicitar tu certificado de antecedentes penales (siempre que no puedas presentarlo directamente on line). Este impreso digital contiene un código numérico único, es decir, uno por solicitud, así que no hagas varias fotocopias porque no tendrían validez. Un impreso, un código y una única solicitud.
Completarla es simple, ya que, básicamente lo que se requiere es aportar datos identificativos personales, un teléfono de contacto y una dirección si solicitas el envío del certificado por correo.
Tasas y tramitación
La tasa de expedición del certificado de penales conlleva un coste de 3,74 € que también es posible abonar de forma telemática a través de la Pasarela de Pagos de la Agencia Tributaria o bien mediante banca electrónica o en persona, dirigiéndote a alguna de las muchas entidades financieras de la Agencia, presentando tu impreso 790. Debes saber que si solo quieres acceder a la información sobre tu persona que figura en el Registro Central de Penados (sin solicitar certificado), este trámite no implica coste alguno.
En cuanto al periodo de espera hasta recibir el certificado, varía según el método de solicitud. Por internet, puedes recibirlo prácticamente al día siguiente (puedes consultar la tramitación con tu número de solicitud) pero, en ocasiones, la gestión se demora 2 – 3 días.
Si lo pides por correo, el tiempo es de 2-3 días desde la fecha de recepción de la solicitud, pero hay casos en los que el periodo de espera alcanza los 10 días (plazo máximo que legalmente tiene la administración para facilitarlo). Si llevas tu solicitud de manera presencial es probable, pero no seguro, que te lo puedan dar en el momento o bien que te emplacen para dos tres días más tarde. También existe la opción de solicitar que te lo envíen por correo.
Por último, el tiempo de validez de un certificado de antecedentes penales es de tres meses.