Cómo hacer la declaración de la Renta 2022 (IRPF 2021)



A falta de que el gobierno de Pedro Sánchez confirme los cambios para este año, el próximo 1 de abril empezará la campaña de la declaración de la Renta de 2022. ¿Tienes ya toda la documentación necesaria? Averigua las novedades que la Agencia Tributaria ha planeado para la declaración del IRPF correspondiente a 2021.

Recuerda que a partir del 3 de mayo también se podrá concertar la cita previa para que sea la Agencia Tributaria la que nos llame para presentar la declaración. Consulta nuestro artículo sobre cómo pedir cita previa con Hacienda.

Fechas de la declaración de la Renta 2022

Tanto si vas a realizar la declaración de la Renta por primera vez, como si ya eres veterano, es necesario que tengas presente los plazos y las fechas del calendario del contribuyente 2022. Te los recordamos:

  • 13 de marzo: Comienza el acceso a datos fiscales a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, así como la posibilidad de solicitar nuestro número de referencia y hacer pruebas con el simulador ‘Renta Web OPEN’ . Además, la AEAT comenzará a remitir las cartas vías postal con esta información. Recuerda que los cálculos y/o pruebas realizados con este simulador no permiten presentar la declaración.
  • 3 de mayo. Se abre el plazo para solicitar cita previa con Hacienda para el plan “Le llamamos”. Además, desde el 26 de mayo en adelante, ya puedes pedir cita previa para acudir presencialmente a cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria de tu comunidad autónoma. La fecha límite en ambos casos es el 29 de junio de 2022.
  • 6 de abril. Comienza el plazo para solicitar y presentar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet, hasta el 30 de junio. Durante este plazo podremos presentar la Renta Web, bien por Internet o por teléfono.
  • 1 junio. Comienza el plazo para presentar la declaración de forma presencial, en las Oficinas de la Agencia Tributaria de cada Comunidad Autónoma, con resultado a ingresar y domiciliación de cuenta hasta el 30 de junio .
  • 25 de junio. Último día para presentar las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta bancaria. Si es tu caso y no lo haces, renuncias a la devolución.
  • 30 de junio. Finaliza la campaña de la Renta de 2022 correspondiente al IRPF de 2021 y es el último día para presentar el borrador.

Novedades de la declaración de la Renta 2022

La gran novedad de la campaña pasada fue la supresión de la predeclaración de la renta en papel. Esta medida afectó a unos 350.000 contribuyentes, es decir, al 13% de las declaraciones totales. Por tanto, igual que en el ejercicio pasado, este año tendrás que realizar este proceso por internet a través de Renta Web.

De igual manera, la opción de presentar tu declaración del IRPF a través de la app móvil de la Agencia Tributaria seguirá vigente en 2022.

En la campaña de este año, a falta de confirmar, se introducirán varias novedades que afectarán al IRPF. Te las contamos:

  1. Hacienda quiere modificar este año la relación con los contribuyentes, así como con sus asesores. A partir de 2020, los contribuyentes y/o sus representantes tendrán acceso más directo y sencillo a la información y los trámites, sin necesidad de acudir en persona a las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta medida pretende modernizar y agilizar el proceso de la declaración de la renta 2020.
  2. El Impuesto de Sociedades estará sometido a diferentes cambios con el fin de evitar posibles fraudes a Hacienda. La Agencia Tributaria quiere poner especial atención a las sociedades que (aparentemente) se encuentran inactivas.
  3. En cuanto a los cambios en el IVA, las novedades irán destinadas a controlar si se está aplicando correctamente el régimen de recargo de equivalencia al Impuesto sobre el Valor Añadido.
  4. Finalmente, el IRPF contará con nuevos libros de registro digitalizados que permitirán un mejor intercambio de información entre el contribuyente y la Agencia Tributaria. El nuevo gobierno de Pedro Sánchez tiene la intención también de subir el IRPF a las rentas más altas (a quienes ganen más de 130.000 euros brutos anuales), algo que podría confirmarse durante las próximas semanas.

A tener en cuenta: la mayoría de estos cambios dependen de la aprobación de los presupuestos de estado por lo que es posible que, si no se llega a un acuerdo entre la mayoría del Congreso, no haya cambios en la declaración de la renta de 2020 y todo quede como en la del año anterior.

declaración de la Renta

Requisitos para solicitar el borrador de la Renta 2022

Para solicitar el borrador de la declaración de la Renta sobre el ejercicio de 2021, deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  • Rentas sobre el trabajo. En este grupo entran las rentas de las personas asalariadas y autónomos, las pensiones y las retribuciones que reciben las clases pasivas, es decir, las que afectan a los funcionarios de carreras estatales de la administración, justicia, cortes, militares, etc., así como las pensiones compensatorias.
  • Rentas de los intereses de capital mobiliario. Se consideran rendimientos de capital mobiliario los intereses de las cuentas bancarias, bonos, obligaciones y, en general, los títulos de renta fija, los dividendos de acciones y las plusvalías que han sido adquiridas por la transmisión de cualquier tipo de valores mobiliarios durante el ejercicio fiscal de 2021.
  • Pérdidas patrimoniales que provienen de la transmisión o el reembolso. Es decir, aquellas que producen gastos elevados de acciones o participaciones que sean representativas de bienes, riqueza o patrimonio de las instituciones u organismos de inversión de un colectivo.
  • Rentas del capital mobiliario que se perciben de Letras del Tesoro.
  • Beneficios que son fruto del patrimonio. Aquí entrarían las ayudas directas dirigidas a los jóvenes o las subvenciones, a excepción de las de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias. Las que el contribuyente debe incluir en su base imponible al ser propietario o titular.

Cuál es el mínimo para hacer la declaración de la Renta 2022

Si es la primera vez que vas a hacer la declaración de la Renta o no confirmaste tu borrador en la pasada campaña, este año deberás solicitarlo a partir del 1 de abril. Para ello tienes que acceder a la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) y dirigirte al icono de “Renta 2022”.

Una vez lo hagas, se mostrarán las distintas opciones con las que puedes trabajar:

  • Obtener el número de referencia RENØ.
  • Tramitar el borrador a través de Renta Web si dispones de certificado electrónico o Cl@ve PIN.
  • Pedir cita Previa.
  • Consultar la devolución.
  • Cambio de domicilio fiscal.
  • Presentar documentación complementaria para la declaración.
  • Registro en Cl@ve PIN.
  • Modificar la cuenta de domiciliación.

Cómo obtener el borrador de la Renta

Si es la primera vez que vas a hacer la declaración de la Renta o no confirmaste tu borrador en la pasada campaña, este año deberás solicitarlo a partir del 2 de abril. Para ello tienes que acceder a la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) y dirigirte al icono de “Renta 2022”.

Una vez lo hagas, se mostrarán las distintas opciones con las que puedes trabajar:

  • Obtener el número de referencia RENØ
  • Tramitar el borrador a través de Renta Web si dispones de certificado electrónico o Cl@ve PIN
  • Pedir cita Previa
  • Consultar la devolución
  • Cambio de domicilio fiscal
  • Presentar documentación complementaria para la declaración
  • Registro en Cl@ve PIN
  • Modificar la cuenta de domiciliación

Número de referencia

Para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) te envíe, por SMS, el número de referencia con el que podamos consultar, modificar o confirmar el borrador, debes acceder a “Obtención del número de referencia RENØ”, y para ello tienes 3 posibilidades:

  • La casilla 505 de la declaración anterior.
  • Certificado electrónico.
  • Cl@ve PIN.

Cl@ve PIN

Si no sabes qué importe corresponde a la casilla 505 de tu declaración de la renta de la campaña anterior puedes registrarte en el sistema Cl@ve PIN y obtener así tu número de referencia para tramitar tu declaración.

Puedes hacer el registro por Internet, como también de forma presencial en las oficinas de registro disponible. En este caso, tienes dos posibilidades para realizarlo:

  • Mediante el certificado electrónico.
  • Mediante la solicitud de la Carta de Invitación.

Cita Previa para la Declaración de la Renta

Si necesitas que la Agencia Tributaria elabore tu borrador o declaración de la Renta podrás solicitar cita previa con Hacienda a través del programa Renta Web Presencial. Esta opción estará disponible hasta el 25  de junio de 2022. Puedes hacerlo:

  • A través de Internet, desde la web oficial de la Agencia Tributaria y aportando el NIF, NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
  • También existe la posibilidad de hacerlo a través del teléfono para la Declaración de la Renta en los números 901 22 33 44 y 91 553 00 71, desde las 9 de la mañana a las 19 de la tarde en días laborables y aportando el NIF o NIE.

Independientemente del medio que utilices para pedir cita previa, deberás asistir a la oficina correspondiente en el día y la hora acordados.

Para poder solicitar cita previa para la Declaración de la Renta 2022 de este modo, tienes que contar con unos rendimientos de trabajo inferiores a los 65.000 euros y de capital mobiliario inferiores a 15.000.

También existe la opción de atención telefónica a través del plan “Le llamamos”. En este supuesto, deberás concertar cita previa para que la Agencia Tributaria te contacte por teléfono. Tienes que hacerlo a través de Internet, desde la web oficial y utilizar la misma aplicación que en el caso de la atención presencial.  Asimismo puedes consultar todos los teléfonos de Hacienda en nuestra guía resumen.

Podrás disponer de esta opción siempre y cuando cumplas con los requisitos de rendimientos de trabajo (inferiores de los 65.000 euros), de capital mobiliarios (inferiores a 15.000 euros) y otros aspectos que hacen referencia al rendimiento de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales.

Este servicio queda siempre a disposición de las citas libres en la oficina seleccionada tras atender las citas presenciales.

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