Archivos sobre: Hacienda

Te explicamos los principales trámites y gestiones que puedes realizar ante la Hacienda tanto por teléfono, por Internet y de forma presencial, pidiendo cita previa ante la Agencia Tributaria (AEAT). Consulta declaraciones, modelos y formularios para ciudadanos, empresas, autónomos y otros colaboradores.


declaración de la Renta

Cómo afectan los ERTE a la declaración de Renta de 2021 (IRPF 2020)

Esta declaración de la Renta va a ser distinta para muchos contribuyentes. En especial, para los trabajadores se han visto afectados por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) a raíz del coronavirus.

Sin duda, la campaña de la Renta 2021, que comienza el próximo 7 de abril, estará marcada por:

  • Los contribuyentes que han tenido más de un pagador debido al ERTE
  • Los posibles errores cometidos por el SEPE al abonar las prestaciones
  • Las retenciones aplicadas y sus posibles consecuencias en la declaración

En los siguientes apartados te explicamos detalladamente cómo afectan los ERTE a la Renta de 2021 y qué debes hacer en tu declaración de este año. ¡No te lo pierdas!

¿Qué supone haber estado en ERTE a la hora de realizar la Renta 2021?

Si eres uno de los muchos trabajadores a los que se le aplicó un ERTE en algún momento de 2020, en tu declaración de la Renta aparecerá que has tenido 2 pagadores:

  1. Tu empresa
  2. El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)

En este caso, tu situación será distinta a la de un trabajador que ha tenido un solo pagador en 2020, ya que las prestaciones del ERTE cuentan como otro pagador.

¿Qué pasa si tienes dos pagadores en tu declaración?

Pues bien, si has tenido dos pagadores el umbral de ingresos para presentar la declaración de la renta de forma obligatoria será más bajo que si solo tienes uno.

Por un lado, los trabajadores que tienen un pagador están obligados a presentar su declaración si cuentan con ingresos superiores a los 22.000 euros brutos anuales.

Por otro lado, si el contribuyente cuenta con más de un pagador tendrá que presentar su declaración de forma obligatoria cuando sus ingresos brutos anuales superen los 14.000 euros. La excepción es cuando la cantidad recibida de todos los pagadores (a partir del segundo) no alcanza los 1.500 euros brutos.

Importante: también se puede presentar la declaración de la Renta de forma totalmente voluntaria si se está por debajo de estos umbrales.

¿Se paga más en la Renta si se tiene dos pagadores?

La respuesta a esta pregunta es muy clara: no, no se paga más en la renta si se tiene más de un pagador. Sin embargo, en muchos de los casos en los que hay más de un pagador no se aplican las retenciones correspondientes.

Esta situación puede generar que el contribuyente tenga que abonar la diferencia al realizar su declaración o, por el contrario, se le devuelva lo que ha pagado de más.

Cuando se trata de los afectados por los ERTE, es posible que a estos contribuyentes apenas se les haya aplicado retenciones. En tal caso, tendrán que abonar los impuestos pertinentes al realizar su declaración de la Renta 2021.

¿Afectan los ERTE a las deducciones?

Las deducciones por maternidad, prestación que cobran las mujeres con hijos/as menores de 3 años, se verán afectadas en caso de que la trabajadora haya estado en ERTE.

Esto se debe a que este tipo de deducción en la Renta está condicionada al desarrollo de una actividad (por cuenta ajena o propia). Si se ha cesado esta actividad ya no se cumplen con los requisitos para solicitar la deducción.

El resto de deducciones familiares (familia numerosa o ascendientes/descendientes con discapacidad) no se verán afectadas por esta situación.

¿Qué sucede si ha habido algún error con los pagos del SEPE?

Durante los pagos de las prestaciones por ERTE algunos trabajadores han recibido pagos superiores a lo que les corresponde.

Desde Hacienda se ha confirmado que si el SEPE ha reclamado el reintegro del excedente en la prestación y el contribuyente lo ha devuelto en 2020, no debería haber ningún problema en la declaración.

Sin embargo, si el SEPE exigió su reintegro pero no se devolvió hasta 2021, es probable que el borrador de la renta no recoja este ajuste. En este caso, es responsabilidad del contribuyente modificar el borrador para incluir las cantidades reales recibidas.

Por último, si el SEPE todavía no ha reclamado un reintegro por recibir una prestación superior a la que se debería, el contribuyente tiene que declarar el total de ingresos recibidos.

Una vez que el contribuyente tenga la reclamación del SEPE, podrá pedir la rectificación en la declaración de la Renta y que se le abone la diferencia.

A tener en cuenta: los expertos recomiendan encarecidamente que todos los trabajadores que hayan estado en ERTE, en algún momento de 2020, revisen detenidamente los datos antes de confirmar su declaración.

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¿Cómo solicitar el cheque familiar?

En este artículo vamos a resolver todas las dudas acerca de la ayuda fiscal conocida como cheque familiar, una deducción destinada a diferentes colectivos entre los que se encuentran, entre otros: familias numerosas, familias monoparentales y personas con discapacidad.

Presta atención a los siguientes párrafos y conoce todos los detalles acerca de este cheque familiar incluyendo qué es, quiénes pueden solicitarlo, cuáles son los requisitos y cuál es el plazo para reclamar la deducción. ¡Sigue leyendo!

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Cómo hacer la declaración de la Renta 2022 (IRPF 2021)

A falta de que el gobierno de Pedro Sánchez confirme los cambios para este año, el próximo 1 de abril empezará la campaña de la declaración de la Renta de 2022. ¿Tienes ya toda la documentación necesaria? Averigua las novedades que la Agencia Tributaria ha planeado para la declaración del IRPF correspondiente a 2021.

Recuerda que a partir del 3 de mayo también se podrá concertar la cita previa para que sea la Agencia Tributaria la que nos llame para presentar la declaración. Consulta nuestro artículo sobre cómo pedir cita previa con Hacienda.

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Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF 2021)

El borrador de la declaración de la renta es un servicio que ofrece la Agencia Tributaria mediante el cual se realiza una estimación del ejercicio fiscal anual de cada contribuyente con base a los datos que obtiene de cada uno: ingresos, retenciones, hipotecas, inversiones… En funcionamiento desde 2008, la declaración de la renta se fundamenta en el “borrador”.

En primer lugar, si no pediste o no confirmaste el borrador del IRPF en la campaña pasada, tendrás que solicitarlo. Podrás hacerlo a partir del 2 de abril de este año.

Para ello, tienes que entrar en la web oficial de la Agencia Tributaria y buscar la sección de “campañas”, o bien hacerlo a través de la app móvil de la renta (la misma aplicación que en el ejercicio anterior).

declaración de la Renta

Cómo pedir el borrador por Internet

Si lo haces por la web, una vez que ya estás en esta pantalla, busca el icono de “Renta 2022” y haz clic sobre él.

Al llegar a esta pantalla, las posibilidades son muchas:

  • Adquirir el número de referencia RENØ, para el cual necesitarás aportar tu NIF o CIE, la casilla 505 de la renta (IBAN de la cuenta bancaria si no fuiste declarante) y tu número de teléfono móvil.
  • Consultar, modificar o confirmar el borrador de hacienda correspondiente al IRPF 2021 a través de “Renta Web”.
  • Pedir cita previa con la Agencia Tributaria.
  • Informarte sobre el estado de tu devolución.

Además de todo lo mencionado, podrás llevar a cabo otro tipo de trámites relacionados con la declaración de la renta. Entre ellos, destacan:

  • Como hacer un cambio de domicilio.
  • Entregar documentación complementaria.
  • Inscribirse en el programa Cl@ve PIN.
  • Realizar cambios en la domiciliación.

Para poder tener acceso al borrador renta 2022 online lo primero que tendrás que hacer es identificarte. Para ello, la Agencia Tributaria ha puesto a tu alcance tres opciones para la identificación telemática:

Borrador renta identificación

Cómo encontrar la casilla 505

La casilla 505 de la declaración del año pasado se corresponde con “la base liquidable general sometida a gravamen”. La casilla está en el encabezado de la carta que acompaña al borrador y a tus datos fiscales. También puedes encontrarla en tu declaración del año pasado, si has guardado el comprobante.

En la sede electrónica tendrás que introducir el DNI, la mencionada casilla 505 y tu teléfono móvil. De este modo, la Agencia Tributaria te enviará un número de referencia para que puedas entrar a consultar tu borrador de la renta a través de “Renta Web”.

Si no sabes cual es el importe de la casilla 505, no tienes porque preocuparte, ya que hay diferentes métodos acceder al borrador de la renta 2022:

  • Con la Cl@ve PIN. Esta se puede obtener a través de la web o de forma presencial aunque, en ambos casos, necesitarás el DNI. Si lo haces por Internet, tendrás que entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y aportar la fecha de caducidad de tu DNI, así como un número teléfono móvil de contacto en el que recibirás la Cl@ve.
  • Con el certificado digital o DNIe. De esta forma también podrás acceder al borrador de la renta. El acceso que te ofrece el certificado electrónico o el DNIe es más amplio que cualquier otro tipo de identificación, por lo que es muy recomendable.

A tener en cuenta: con certificado digital o DNI electrónico podrás acceder, modificar o confirmar el borrador y, además, podrás tener acceso a todos los procedimientos relacionados con la declaración de la renta.

¿Cuándo se puede pedir el borrador de la renta?

Desde el 1 de abril hasta el 25 de junio podrás solicitar el borrador de la Declaración de la Renta y presentarlo a través de Internet. Y desde 1 de abril podréis pedir cita previa si vuestra opción es el plan “Le llamamos” y desde el 5 de mayo podréis solicitar cita para acudir de forma presencial, hasta el 29 de junio de 2022.

Al igual que el año pasado, se podrá utilizar la App de la Agencia Tributaria para móviles para que podáis conocer vuestros datos fiscales y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración de la Renta 2022. La app está disponible tanto para Android como para iOS.

Desde el 13 de mayo se podrá presentar la declaración de la renta que hace referencia al ejercicio fiscal de 2021, de forma presencial, en las Oficinas de la Agencia Tributaria de cada Comunidad Autónoma, con resultado a ingresar y domiciliación de cuenta hasta el 25 de junio de 2022. Para más información consulta el calendario del contribuyente 2022.

Cómo modificar el Borrador de la Declaración de la Renta

Puedes modificar el borrador del IRPF 2021 siempre que creas que:

  • Tienes que aportar más datos personales.
  • Necesitas informar sobre beneficios o pérdidas que no habías incluido anteriormente.
  • Has encontrado datos erróneos o imprecisos en tu borrador.

Acceso modificar borrador renta

Tendrás que seguir los siguientes pasos para la modificación del borrador de la declaración de la renta:

  • Entrar en la página web oficial de la Agencia Tributaria.
  • Ir al apartado “Campañas”.
  • Hacer clic en el botón “Renta 2022”.
  • Entrar en el servicio “Tramitación Borrador/ Declaración” (Renta Web).

Error en la casilla 305

Si ya has probado a realizar tu declaración y has obtenido el siguiente error:

«La casilla [0305] no puede tener contenido. Sociedad/Fondo 1»

No podrás realizar tu declaración por el momento. Actualmente la Agencia Tributaria está tratando de solventar este fallo, ya que es una casilla necesaria para indicar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

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Calendario del contribuyente de la AEAT 2022

El calendario del contribuyente, conocido también por calendario fiscal, es un documento en el que se recogen todas las fechas clave de presentación de impuestos tanto para grandes empresas, pymes y autónomos, como para todas las personas físicas que estén obligadas a ponerse al día de sus obligaciones con Hacienda.

El objetivo más importante del calendario fiscal es que todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o empresas, tengan claro qué declaraciones deben presentar en Hacienda y cuándo deben hacerlo.

Si eres un trabajador autónomo, te interesa conocer las fechas de cierre de los trimestres fiscales, así como la presentación de los modelos de impuestos trimestrales de IVA e IRPF. Como autónomo, es importante saber las fechas del impuesto de sociedades que todas las empresas deben presentar durante el mes de julio.

Una de las citas más importantes que refleja el calendario fiscal de Hacienda es la fecha de comienzo de la presentación declaración de la renta, tanto telemática como presencial. Si tienes que presentarla, podrás hacerlo desde la primera semana de abril hasta la última del mes de junio.

A partir del día 26 de mayo (hasta el 29 de junio) se podrá empezar a pedir cita previa en Hacienda para todos aquellos ciudadanos obligados a presentar la Declaración y que quieran hacerlo de forma presencial en una de las oficinas de la Agencia Tributaria.

La Renta 2022 (IRPF 2021) se podrá presentar:

  • Por Internet desde el 6 de abril hasta el 30 de junio.
  • Telefónicamente desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
  • Presencialmente desde el 1 hasta el 30 de junio (solicitud de cita desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio).

El calendario general del contribuyente del 2022 también recoge otras fechas para la presentación a Hacienda de otros impuestos, muchos de ellos no tan conocidos por el público general, como es el caso de:

  • Los impuestos medioambientales
  • Los impuestos especiales de fabricación
  • El impuesto especial sobre la electricidad

Un gran número de empresas están obligadas a presentar estos tributos, algo que dependerá exclusivamente del sector en el que desarrollen su actividad. Por si es tu caso o el de tu empresa, ten en cuenta las fechas de presentación más importantes a nivel fiscal para este 2022:

  • Hasta el 20 de enero: Presentación de los modelos 111, 115 y 123.
  • Hasta el 30 de enero: Presentación de modelos anuales de IVA (modelo 390)
  • Hasta el 31 de Enero: Presentación de modelos anuales de IRPF (Modelos 180 – 190)

Fechas de presentación de modelos fiscales en 2022

Las fechas de presentación de los principales modelos fiscales son las siguientes:

20 de enero

  • Modelo 111
  • Modelo 115

31 de enero

  • Modelo 131
  • Modelo 130
  • Modelo 190
  • Modelo 303
  • Modelo 390
  • Modelo 349

31 de enero

  • Modelo 180
  • Modelo 184
  • Certificados 180 – 190

28 de febrero

  • Modelo 347

20 de abril

  • Modelo 115
  • Modelo 130
  • Modelo 202
  • Modelo 303
  • Modelo 309

30 de abril

  • Legalización de Libros Contables

20 de julio

  • Modelo 111
  • Modelo 115
  • Modelo 130
  • Modelo 131
  • Modelo 202
  • Modelo 303
  • Modelo 309

25 de julio

  • Modelo 200

30 de julio

  • Depósito de cuentas anuales

20 de octubre

  • Modelo 111
  • Modelo 115
  • Modelo 130
  • Modelo 131
  • Modelo 303
  • Modelo 309

20 de diciembre

  • Modelo 2020

31 de diciembre

  • Cierre de ejercicio contable

Fechas de la declaración de la Renta 2022

Como cada año, todas las personas que estén obligadas a presentar sus impuestos podrán hacerlo durante los casi tres meses que dura la campaña de la declaración de la Renta. Presta atención a las principales fechas:

  • 1 de abril: Inicio de la presentación telemática (por internet o vía telefónica)
  • 13 de mayo: Inicio de atención presencial en las oficinas de la AEAT
  • 25 de junio: Fecha límite para presentar la declaración con resultado a ingresar por domicilación bancaria
  • 30 de junio: Fecha límite para la atención presencial en las oficinas de la AEAT y para presentar declaraciones con resultado a devolver

Las empresas obligadas a presentar el impuesto de sociedades podrán hacerlo hasta el 25 de julio.

Calendario del contribuyente en PDF

Para poder consultar o imprimir en cualquier momento el calendario fiscal de este año, haz clic en el siguiente enlace: descargar el calendario fiscal de la Agencia Tributaria en formato PDF.

Por último, te recomendamos que si tienes dudas o no estás seguro de si debes presentar algún impuesto o no, te acerques a la oficina o delegación de la Agencia Tributaria más cercana.

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