Renta Activa de Inserción (RAI): Qué es y cómo solicitarla



En los supuestos en los que no se recibe ninguna ayuda estatal o subsidio por desempleo, los ciudadanos interesados pueden solicitar la Renta Activa de Empleo (RAI).

¿Te encuentras en paro en estos momentos y no tienes derecho a la prestación contributiva o al subsidio por desempleo? Si es tu caso, este artículo te interesa.

En los siguientes apartados encontrarás toda la información relativa a:

  • Dónde y cómo solicitar la Renta Activa de Inserción
  • Requisitos para ser elegible para solicitar la RAI
  • Duración y cuantía de la prestación
  • Documentación necesaria para presentar la solicitud
  • Obligaciones y sanciones del programa RAI

Dónde y cómo solicitar la Renta Activa de Inserción

Antes de solicitar la RAI es necesario comprobar que se cumplen con los requisitos de acceso a la prestación, según el colectivo al que se pertenezca.

Una vez garantizado esto, podrás presentar tu solicitud para obtener la RAI en:

  • La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
  • La oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en el SEPE).
  • Cualquier oficina de registro público
  • Por correo administrativo a la Dirección Provincial del SEPE

Cuando hayas escogido la forma de presentar tu solicitud, simplemente tendrás que seguir los pasos indicados y aportar la documentación requerida para el trámite.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la RAI?

Para poder solicitar la prestación de la RAI es necesario cumplir con los siguientes requisitos básicos:

  • Ser menor de 65 años
  • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo. Es obligatorio mantener esta inscripción mientras se percibe la RAI, así como suscribir el compromiso de actividad.
  • No contar con ingresos mensuales propios superiores al 75% (712,50€) del Salario Mínimo Interprofesional (950€)
  • No haber sido beneficiario/a de la Renta Activa de Inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión a la prestación.
  • No haber sido beneficiario/a de 3 programas de RAI anteriores

Importante: es necesario aclarar que la Renta Activa de Inserción es distinta a la prestación de Renta Mínima de Inserción, la cual cuenta con otros requisitos.

¿Cuánto dura la Renta Activa de Inserción?

Esta prestación se puede percibir durante un máximo de 11 meses y, como te hemos dicho en los requisitos, se puede solicitar hasta 3 veces.

Por lo general, no es posible solicitar la Renta Activa de Inserción de forma consecutiva, sino que hay que dejar 1 año en blanco antes de volver a pedirla.

Sin embargo, en los casos concretos de violencia de género, violencia doméstica o discapacidad, se pueden cobrar los 33 meses de forma seguida, sin cumplir con el año de espera.

A tener en cuenta: después de la Renta Activa de Inserción es posible solicitar el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

¿Cuánto se cobra con la RAI?

La prestación de la Renta Activa de Inserción se basa en el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En el año 2021, la RAI que se percibe es de 451,92€ mensuales.

El pago de la Renta Activa de Inserción se recibe cada 30 días en el mes próximo al que corresponde el devengo. Se abona en la cuenta bancaria del solicitante y, por lo general, se suele efectuar entre los días 10 y 15 de cada mes.

¿Qué documentación se necesita para solicitar la Renta Activa de Inserción?

Los documentos generales requeridos para pedir la RAI son los siguientes:

  • El modelo oficial de solicitud
  • La identificación del solicitante, dependiendo de su situación:
  1. Españoles/as: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte
  2. Extranjeros/as residentes en España: Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Cualquier documento bancario en el que aparezca el nombre del titular de la solicitud y el número de cuenta donde se quiera recibir la prestación
  • El libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros/as

Documentos para trabajadores emigrantes retornados

Los solicitantes que quieran tramitar la RAI en calidad persona trabajadora emigrante retornada deberán aportar:

  • El formulario U1 o E-301 (si se regresa de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo)
  • El certificado de la Agregaduría Laboral o el formulario U1 (si se regresa de Suiza)
  • El formulario de enlace (si se regresa de Australia)

En los casos en los que se regrese de un país que no sea miembro de la UE o del EEE o con el que no exista convenio sobre protección por desempleo, se requerirá:

  • Una certificación emitida por las Áreas y Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno en la que aparezca la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración

Documentación para trabajadores víctimas de violencia de género o doméstica

Para acceder a la RAI como víctima de violencia de género o de violencia doméstica se deberá aportar:

  • La sentencia judicial
  • La orden de protección judicial
  • El informe del Ministerio Fiscal o el informe de los servicios sociales/casa de acogida

Documentos para desempleados y/o discapacitados

Para pedir la Renta Activa de Inserción como parado de larga duración o como persona con discapacidad, es necesario mostrar:

  • 3 acciones de Búsqueda Activa de Empleo (BAE)
  • Un justificante de rentas, en caso de que lo soliciten expresamente
  • Si procede, el certificado de discapacidad y del grado reconocido expedido por el INSS, por el IMSERSO o por el organismo competente

Obligaciones y sanciones de la Renta Activa de Inserción

Por último, es necesario comentar que la RAI aplica sanciones más duras que las que se suelen imponer al resto de subsidios y ayudas estatales o autonómicas.

En caso de incumplimiento de las obligaciones, se produce la exclusión automática del programa y se pierde la ayuda de todo el año. Estas son las exigencias de la Renta Activa de Inserción:

Importante: también habrá sanciones para quiénes, por ejemplo, estén cobrando la prestación de la RAI al mismo tiempo que trabajan sin contrato laboral.

Más información en la web del SEPE: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones.html

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