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Así será el DNI 4.0, en el móvil y con nuevas funciones

Recientemente, Francisco Pardo, Director General de la Policía Nacional, ha confirmado que se está desarrollando un nuevo DNI electrónico y una aplicación móvil (similar a la de la DGT) que permitirá a los ciudadanos llevar su identificación digital en el smartphone.

La creación de esta actualización del DNI se encuentra dentro del marco establecido para el Proyecto de Identidad Digital DNIe, el cual está financiado con una partida del Fondo de la UE destinada a España para la Recuperación y la Resiliencia.

A continuación, te contamos todas las claves y todo lo que se sabe hasta ahora acerca de este nuevo documento de identidad que podría lanzarse en 2021. ¡No te lo pierdas!

¿Qué cambiará con la entrada en vigor del DNI 4.0?

Esta nueva versión Documento Nacional de Identidad tendrá como objetivo principal digitalizar esta identificación obligatoria. De este modo, el ciudadano de a pie podrá llevar su DNI en el móvil y no verse obligado a portar la tarjeta física.

Además, la entrada en vigor del DNI 4.0 traerá también la agilización de algunos trámites del proceso de expedición del documento de identidad:

  • Pago de las tasas (12 euros): además de en efectivo, también se podrán abonar con tarjeta de crédito.
  • Fotografía: en las oficinas se podrá fotografiar a los ciudadanos.

Con el nuevo DNI disponible en una aplicación móvil, que será similar a la app de la DGT que permite tener el carnet de conducir en el smartphone, se da un paso más en la digitalización y en la tendencia de los usuarios a no llevar documentos físicos encima.

En estos momentos, las únicas quejas relacionadas con el DNI 4.0 vienen por parte de la Federación de Profesionales de la Fotografía y la Imagen, quienes estiman importantes pérdidas anuales debido a la no obligatoriedad de acudir con fotos de DNI a comisaría.

¿Qué diferencias hay con el DNI 3.0?

El DNI actual (3.0) tuvo como principal novedad la introducción de la tecnología NFC que permite certificar nuestra identidad a través de dispositivos electrónicos (lectores de DNIe) y que suponen una gran ventaja a la hora de realizar trámites o solicitudes en línea.

Pues bien, el nuevo DNI 4.0 dispondrá de nuevas características que lo harán compatible con el estándar de pasaportes digitales LDS2. Además, el documento digital contará con un sistema SoC (chip electrónico) bajo la arquitectura ARM Cortex M.

Estas novedades estarán destinadas a que la nueva versión del Documento de Identidad Nacional pueda durar más. Al mismo tiempo, el DNI 4.0 podrá cumplir con todas las certificaciones de seguridad e interoperabilidad de la nueva regulación europea EIDAS.

Fecha de lanzamiento del DNI 4.0 o DNI Móvil

Por el momento, el Director General de la Policía Nacional no ha querido desglosar los plazos de desarrollo y lanzamiento de la nueva versión del documento de identidad, como tampoco sobre la nueva aplicación móvil que permitirá llevar el DNI en el smartphone.

Ahora bien, los presupuestos del Cuerpo Nacional de Policía para 2021 recogen una partida de 25 millones de euros que irá íntegramente destinada al Proyecto de Identidad Digital DNIe.

Del total de esta partida presupuestaria, 6,5 millones de euros se incorporarán en 2021 para:

  • Realizar el desarrollo y lanzamiento del DNI 4.0.
  • La inclusión de tablets para la expedición de documentos de identidad.
  • La creación de la app (DNI Móvil).
  • La aceptación del pago de tasas a través de tarjetas de crédito o débito.
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Cómo pedir cita previa y hacer el DNI por primera vez a los niños

La expedición del DNI es obligatoria para las personas mayores de 14 años, sin embargo hay muchos padres que recomiendan tramitar el DNI para los niños antes, junto con el pasaporte, para que estén identificados, especialmente, si van a ir de viaje, ya que es un requerimiento para cualquier viajero.

Estos son los pasos a seguir para tramitar el DNI o pasaporte para bebés y niños por primera vez.

(más…)

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Cómo empadronarse en un municipio

El padrón municipal es el registro donde figuran los datos relativos a las personas que  viven en un determinado municipio. Estar inscrito en el padrón implica una serie de derechos (y obligaciones) por el hecho de ser vecino de una localidad concreta, y son muchos los trámites administrativos y judiciales en los que se exige un certificado de empadronamiento para poder llevarlos a cabo.

Empadronarse en el lugar de residencia es obligatorio por ley y se trata siempre de un acto individual, por ejemplo: todos los miembros de una misma familia deben empadronarse en el mismo domicilio que comparten. No vale con que lo haga uno solo (no se empadronan las viviendas, sino sus habitantes).

Los padres pueden empadronar a los menores de edad aportando la correspondiente documentación. Los dos motivos generales que requieren empadronarse son: el nacimiento o un traslado de residencia,  de un municipio a otro, o bien dentro de la misma localidad (en este caso, se trataría de una modificación en el padrón y no de una inscripción).

Cada ayuntamiento tiene sus propias normas y, sobre todo, una disponibilidad concreta de medios para hacer efectivo el empadronamiento, pero en general tienes dos vías para hacerlo.

Rellenar formulario

Cómo empadronarse de forma presencial

De manera presencial, debemos acudir a una oficina de atención del propio ayuntamiento y rellenanr el impreso correspondiente. En la mayoría de los municipios españoles es necesario ir al ayuntamiento para presentar (y firmar) la solicitud de empadronamiento. Otra cosa es pedir un certificado de empadronamiento (sencillo por internet), pero el acto de empadronarse sigue requiriendo presencia física en casi todos los casos.

Actualmente hay una excepción importante. Se trata de los recién nacidos que, una vez inscritos en el Registro Civil quedan automáticamente también inscritos en el padrón municipal del lugar de residencia de sus padres, aunque esto depende de que ambos organismos (registro y ayuntamiento) estén digitalizados.

Algunos ayuntamientos ofrecen la posibilidad de concertar cita previa para realizar este trámite. Se ofrece sobre todo en municipios grandes, con alta densidad de población. En uno de tamaño medio, no suele ser necesario. Basta con ir, rellenar el impreso y presentarlo. Estarás empadronado de manera inmediata.

Como empadronerse por Internet

Como hemos dicho, es sencillo pedir un volante o un certificado de empadronamiento on line siempre que se disponga de certificado digital o de usuario y cl@ve PIN pero para empadronarse, la mayoría de ayuntamientos exige la presencia física, aunque la tendencia es que poco a poco también sea posible realizar este trámite por internet.

Normalmente podremos realizar el trámite con DNI electrónico o certificado digital, pero en algunos municipios también podremos hacerlo con algún tipo de identificación alternativa (usuario y contraseña), o iniciando el trámite online y enviando la documentación rellenada por correo postal.

Requisitos para empadronarse

El padrón municipal recoge datos relativos a la persona y al domicilio donde habita. En el formulario correspondiente, deberás incluir: nombre y apellidos, sexo, número de DNI, y dirección completa.

En cuanto a la documentación imprescindible, se requiere original y fotocopia de:

  • DNI en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento para los niños menores de 14 años sin DNI.
  • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (si procede) que incluya el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y documento acreditativo de la identidad expedido en el país de origen.
  • Tarjeta de identidad de extranjero con número de NIE para ciudadanos no comunitarios.
  • Para acreditar el domicilio, habrá que aportar título de propiedad (por ejemplo la escritura pública de la vivienda) o bien un contrato de arrendamiento en vigor.

Tasas, tiempo de tramitación y validez

Como norma general, empadronarte en el ayuntamiento no te supondrá coste económico alguno. En la mayoría de los casos, tampoco implica desembolso económico solicitar un volante o certificado de empadronamiento, aunque hay ayuntamientos que sí cobran si se demandan dos o más certificados. El tiempo máximo del que dispone el organismo municipal para inscribirte en el padrón es de tres meses y si solicitas un certificado, el tiempo de validez del mismo suele ser también de tres meses.

Solo tienes que empadronarte una vez. La inscripción en este registro municipal permanece vigente hasta que cambies de domicilio, en cuyo caso tendrías que empadronarte en el municipio correspondiente a tu nuevo lugar de residencia. No se puede estar empadronado en dos sitios a la vez. La inscripción en un nuevo padrón supone la baja inmediata en el anterior. En caso de traslado de residencia, algunos ayuntamientos exigen la baja en el padrón anterior, otros no, simplemente al empadronarte en el nuevo, quedas automáticamente excluido del antiguo.

Para qué es necesario empadronarse

Estar inscrito en el padrón municipal supone poder demostrar el lugar donde vives habitualmente (y el tiempo que has residido). Si estás empadronado, podrás solicitar un certificado o volante que acredite esta circunstancia. Ambos documentos son muy similares aunque el certificado es válido para un número más amplio de gestiones. Puede hacerte falta por ejemplo para:

  • Renovar el DNI si has cambiado de domicilio.
  • Matricular tu vehículo en tu municipio.
  • Solicitar una plaza escolar en un colegio público o guardería.
  • Acceder a ayudas económicas o subvenciones municipales.
  • Demostrar tu lugar de residencia en un proceso legal.

Cómo empadronarse en Madrid

Tanto en Madrid como en Barcelona deberás aportar la misma documentación, según proceda, que te hemos indicado relativa a los documentos identificativos personales (DNI, NIE…) y de la vivienda (contrato de alquiler, escritura)

En cuanto al procedimiento, en Madrid puedes empadronarte de dos maneras:

  • Presencial. Acudiendo a alguna de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (Línea Madrid) siempre con cita previa si es para darte de alta en el padrón. Puedes obtener tu cita en la misma web del Ayuntamiento de Madrid o bien llamando al teléfono de información municipal 010.
  • Por correo ordinario. También en la web del ayuntamiento puedes descargar el impreso de alta en el padrón indicando el código postal correspondiente a tu domicilio. Una vez cumplimentado y firmado, deberás enviarlo a la dirección que figura en el propio impreso con fotocopia de los documentos que se solicitan. En unos días, recibirás en tu domicilio un volante en el que ya figures como empadronado.

Cómo empadronarse en Barcelona

En Barcelona, también puedes realizar el trámite de dos formas:

  • Presencial. Solicitando cita previa en la web municipal señalando la oficina de tu interés, donde deberás presentar la documentación pertinente para quedar inscrito en el padrón de manera inmediata.
  • Internet + correo postal. Por internet puedes solicitar que te envíen el formulario de solicitud de alta en el padrón a tu domicilio (no se puede rellenar directamente on line). Una vez recibido, tendrás que completarlo con tus datos y firmarlo. El siguiente paso es enviarlo por correo ordinario, en el plazo máximo de un mes, a la dirección indicada en el propio formulario. En unos días, recibirás en tu domicilio el volante que acredita tu inscripción.
  • Por teléfono. Este sistema es similar al anterior (internet), pero en este caso, puedes facilitar tus datos en el teléfono de información municipal 010. Una vez aportados, te enviarán por correo a tu domicilio la solicitud de alta, que deberás rellenar y hacer llegar a la dirección señalada en el propio impreso junto a la documentación solicitada. Recibirás en tu domicilio el certificado de empadronamiento a los pocos días.
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Cómo solicitar cita previa para renovar el DNI o el pasaporte

Pasaporte

Cada cierto tiempo es necesario renovar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o bien expedir un nuevo Pasaporte para viajar al extranjero.

Si bien para realizar el trámite es imprescindible desplazarnos personalmente, desde hace tiempo es obligatorio solicitar cita previa, pudiendo hacerlo a través de Internet, reduciendo el tiempo dedicado a la gestión, o bien por vía telefónica. A continuación te explicamos cómo.

Cita previa por Internet

Para pedir nuestra cita para el DNI o Pasaporte por Internet,, hay que dirigirse a la web https://www.citapreviadnie.es o bien pinchar en el siguiente enlace. Es posible que aparezca una pantalla con un aviso similar a éste (en Google Chrome):

Error con el certificado

O éste ( En Mozilla Firefox):

Aviso Firefox

Sin entrar en más detalle, hacemos clic en «Proceed anyway (Chrome)» / «Añadir excepción (Firefox)» y continuamos. Dependiendo del navegador que se esté utilizando, el texto del aviso puede ser diferente. Tras ignorarlo se llega a la página de inicio:

cita DNI iniciar solicitud

Después de pinchar en «Iniciar la solicitud», veremos la pantalla siguiente:

Cita DNI tipo de documento

Ya sea para solicitar DNI o pasaporte, debemos introducir los siguientes datos relativos a nuestro DNI:

    • Número de documento y letra
    • Equipo de expedición (situado en el reverso del DNI): El equipo de expedición es un código alfanumérico de 9 caracteres que identifica a la oficina de Policía que emitió el documento. Es un código variable, ya que cambiará cuando si renovamos el DNI en una oficina diferente de la de la vez anterior. Este campo no será obligatorio si decidimos identificarnos con el NIE.
    • Fecha de validez (situada en el anverso del DNI).

Además, es necesario introducir los caracteres aleatorios que aparecen en pantalla. Tras rellenar la solicitud, hay que pinchar en «Enviar datos».

Nota: Si hemos perdido el DNI y por lo tanto no tenemos los datos que se nos piden, hay que pinchar en el siguiente enlace.

A continuación, se nos solicitará el trámite que queremos hacer:

Tercer paso

Las opciones son:

    • Solicitar DNI
    • Solicitar pasaporte
    • Solicitar DNI y pasaporte
    • Solicitar documentos para menores (DNI niños) o personas a nuestro cargo.

Tras elegir el trámite deseado, se solicita la Provincia en la que se desea efectuar. Es posible pinchar en el mapa o en la lista de la derecha de la pantalla. En este caso, voy a elegir Madrid:

Cuarto paso

En la siguiente pantalla aparecerán las oficinas disponibles en la provincia seleccionada:

Quinto paso

Debajo de cada oficina hay información sobre el horario y la disponibilidad de cita en los próximos días. Es posible filtrar las oficinas por localidad pinchando en «Cita rápida» o bien pinchar directamente en la oficina deseada. En la pantalla siguiente podemos ver la disponibilidad de citas en la oficina seleccionada:

Sexto paso

Al seleccionar mes y día, veremos el número de citas que hay en cada hora. Tras pinchar en la hora elegida, vemos la siguiente pantalla:

Septimo paso

En ella aparecen los detalles de la cita. Es posible introducir nuestro teléfono móvil para que se nos envíe un mensaje de texto con los detalles de la cita. Si todo es correcto, hay que pinchar en «Confirmar». Tras ello la cita queda confirmada:

Confirmación
En esta última pantalla podemos consultar la documentación que hay que llevar el día de la cita, anular la cita, imprimir el justificante en formato PDF o solicitar otro trámite.

Este trámite se ha probado correctamente en Google Chrome 24.0.1312.52 y en Mozilla Firefox 18.0 sobre el sistema operativo Linux Mint 13. No obstante, dada la simplicidad del trámite y la ausencia de firma electrónica, debería funcionar en cualquier navegador y sistema operativo.

Cita previa por teléfono

Si por el contrario no queremos realizar estos pasos, la Administración ha establecido el número 060 para pedir cita previa para el DNI y el Pasaporte por teléfono.

Llamando a este teléfono, podemos solicitar una cita nueva, consultar una cita anterior o anularla para pedir una nueva. Te recomendamos de todas formas que compruebes en la www.citapreviadnie.es tu oficina más cercana.

Este número funciona las 24 horas del día a través de un robot de atención automática, pero si prefieres recibir atención personalizada, los agentes están disponibles en el siguiente horario:

  • De lunes a viernes de 9:00 a 19.00 horas.
  • Sábados de 9:00 a 14:00 horas.
  • Durante el mes de agosto, De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, y los sábados igualmente de 9:00 a 14:00 horas.

Ten en cuenta que llamar al 060 no es gratis. El coste dependerá del que determine tu operador para llamar a un teléfono fijo nacional. Si por el contrario te encuentras en el extranjero, deberás llamar a un 902 con el prefijo +34: +34 902 887 060.

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Certificado de nacionalidad española

Solicitar y obtener un certificado de nacionalidad española es un trámite personal poco habitual, ya que, en la mayoría de los casos, para acreditar la nacionalidad es suficiente presentar el DNI en vigor o el pasaporte.

Aun así, puede ser exigido a los españoles que residen en determinados países extranjeros que demandan una prueba más de acreditación de nacionalidad principalmente a la hora de iniciar algún procedimiento administrativo o judicial.

También los ciudadanos extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad española, o estén en proceso de obtenerla, por otra vía que no sea la del nacimiento, pueden necesitarlo para trámites diversos. Lo mismo ocurre con las personas que cuentan con doble nacionalidad.

Es importante saber que el certificado de nacionalidad española no sustituye al DNI o al pasaporte. No te valdría, por ejemplo, para viajar fuera de España sin llevar la documentación habitual. Su función es ratificar la nacionalidad únicamente en aquellos casos en los que así lo exija un determinado organismo y para un fin concreto.

Quién lo expide y quien puede solicitarlo

Independientemente de la forma de adquisición, la inscripción de la nacionalidad siempre se realiza en el registro civil, por tanto, es este órgano de apoyo al Ministerio de Justicia el único que puede expedir el certificado de nacionalidad española.

Hay que tener en cuenta que en España la nacionalidad puede obtenerse por nacimiento y también por otros cauces, entre ellos: residencia por un periodo superior a diez años, matrimonio con un ciudadano español o carta de naturaleza (se concede de manera graciable por un motivo concreto).

Certificado de nacionalidad Española

La nacionalidad también puede perderse por determinadas causas y, tras el procedimiento correspondiente, volver a recuperarla. Cualquiera de estas situaciones queda reflejada en el registro civil, bien mediante anotaciones marginales en la inscripción del nacimiento o bien mediante un expediente de nacionalidad (que pueden encontrarse en tramitación).

Es decir, cualquier circunstancia que afecte a la nacionalidad (solicitud, inscripción, pérdida…) está en el registro civil, por lo que, solo éste es el organismo capacitado para expedir el certificado.

Puede solicitarlo cualquier persona que lo requiera y el certificado siempre será positivo, porque en caso de resultado negativo, es decir, la persona no figura inscrita en el registro como español, simplemente el certificado no se expide ni se otorga.

Dónde y cómo solicitarlo

Si necesitas obtener este certificado, deberás dirigirte al registro civil correspondiente a tu domicilio. Se trata de un trámite particular que, en este caso, solo puede solicitarse de manera presencial acudiendo al registro. Para poder gestionar la petición deberás indicar, entre otros datos: nombre, apellidos y lugar de nacimiento e identificarte convenientemente.

Cómo se tramita

La instrucción de 14 de abril de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado determina que el encargado del registro civil tiene la facultad de “declarar en expediente la nacionalidad española de una persona”.

Cuando se solicita el certificado, se abre un expediente cuya tramitación puede ser muy sencilla o algo más compleja. Se trata de comprobar los datos que figuran en el registro. Por ejemplo, en el caso de una persona española por nacimiento, cuya inscripción en el registro no refleje nota alguna que indique que haya perdido la nacionalidad, el tiempo de tramitación es mínimo y la obtención del certificado también.

Hay casos más complejos, por ejemplo, aquellos en el que los datos de la partida de nacimiento no coinciden con los de los progenitores. Todas las posibles circunstancias y anotaciones que figuren en el registro deberán ser comprobadas, por eso, el certificado de nacionalidad española, acredita esta nacionalidad siempre “con valor de presunción”.

Una vez que el encargado del registro declara en expediente la “presunta” nacionalidad española de una persona, puede expedirle el correspondiente certificado.

Qué datos incluye

El certificado de nacionalidad española es un documento muy simple que recoge el número de expediente de solicitud y tramitación, y señala el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento del interesado.

Acredita la nacionalidad española y debe llevar la fecha de expedición así como la firma y sello del registro. En caso de comunidades autónomas con lengua oficial propia aparte del castellano, el certificado será bilingüe.

Tasas y tiempo de tramitación

Los certificados expedidos por los registros civiles son gratuitos, Respecto al tiempo de tramitación es muy variable, depende de cada registro y de cada caso, no superando generalmente los 10 días.

Si necesitas solicitar este certificado, te recomendamos que compruebes si es necesario solicitar cita previa en el registro civil en el que necesites realizar el trámite.

 

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