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Cómo consultar los puntos del carnet de conducir

El sistema de puntos en el carnet de conducir fue establecido por la Dirección General de Tráfico en el año 2006. Aquellas personas que tenían el carnet de conducir por más de tres años fueron otorgadas 12 puntos desde que el sistema se puso en vigencia. A las personas con menos de tres años se les otorgó 8 puntos. Puedes llegar a tener hasta 15 puntos en tu carnet, siempre y cuando no cometas infracciones.

A medida que se cometen infracciones, se restan puntos del carnet. En caso de que se llegue a cero, el permiso es suspendido. Si te interesa saber cómo puedes consultar tus puntos, nosotros te explicamos las opciones a tu disponibilidad.

La DGT creó este sistema de puntos para poder tener un impacto en los hábitos de conducción. Tiene como objetivo poder retirar de circulación a aquellos conductores con reiteradas infracciones, que en realidad presentan un peligro para los demás. Los puntos en tu carnet tienen el propósito de que se valoren y se respeten las normas de seguridad vial.

Consultar los puntos del carnet online

La consulta de puntos en el carnet de conducir la pueden realizar solamente los conductores que figuren en el Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico y que sean titulares de un permiso de conducir en vigor.

Consultar el saldo de tus puntos online es muy sencillo. En realidad, tienes tres opciones para poder controlar los puntos en tu carnet. A través del sitio web de la DGT puedes descubrir tus puntos con tres opciones: con Cl@ve, con certificado, y con contraseña.

Consulta de puntos con cl@ve PIN

El sistema Cl@ve simplifica el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de manera electrónica. Como ciudadano podrás identificarte mediante claves concertadas.

Es una plataforma común para la identificación, autenticación, y firma electrónica del ciudadano ante organismo de la Administración del Estado. Para utilizar cl@ve tienes que obtener una credencial electrónica de identificación y tendrás que registrarte en esta plataforma por Internet o de manera presencial.

También hay que aclarar que hay dos tipos de acceso: cl@ve ocasional y la cl@ave permanente. Una vez te hayas registrado correctamente y actives las claves de acceso podrás utilizar el sistema en todos los servicios de administración electrónica que estén integrados con el sistema.

Para poder consultar el saldo de tus puntos y tus antecedentes con cl@ve primero necesitas un mecanismo de identificación cl@ve. 

Consulta de puntos con certificado digital

La consulta de tu saldo de puntos con certificado digital es algo más sencillo que con el sistema cl@ve. Si dispones de un certificado digital o de un DNI electrónico puedes verificar los puntos de tu carnet y también observar en detalle las sanciones que hayas podido tener. Dependiendo de la sanción la retracción de puntos puede variar.

Puedes consultar como consultar los puntos del carnet con certificado en nuestro tutorial paso a paso.

Consulta de puntos sin certificado

Consultar tus puntos de esta manera es muy fácil. Lo único que necesitas es crear un usuario y establecer una contraseña online, sin necesidad de pedir cita previa con la DGT.

No hace falta que tengas un certificado digital ni tampoco un DNI electrónico, tan solo tu NIF o NIE a mano y elegir tu contraseña.

Consulta puntos DGT

Sanciones que te quitan puntos del carnet de conducir

No todas las infracciones te restan la misma cantidad de puntos en tu carnet de conducir. A continuación te indicamos las sanciones que puedes recibir si no te adhieres a las normas de tránsito de la DGT.

Infracciones que restan 6 puntos

  • Conducir con exceso de alcohol
    • superior a 0,50 mg –
    • Superiores a 0,25 hasta 0,50 – 4 puntos
  • Conducir bajo los efectos de drogas, alucinógenos, y/o estupefacientes
  • No querer someterse a test de alcoholomia o dragas
  • Conducir en sentido contrario, participar en carreras ilegales
  • Conducir un vehículo con un mecanismo de inhibición de la vigilancia de tráfico
  • Alterar el tacógrafo o limitador de velocidad
  • Conducir sin carnet o la licencia necesarios 

Infracciones que restan 4 puntos

  • Arrojar a la vía objetos que puedan ocasionar incendios, accidentes, u obstaculizar la circulación.
  • No respetar las señales de tráfico y los semáforos
  • Realizar adelantamientos indebidos
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas
  • Ir de marcha atrás en autopistas y autovías
  • No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación
  • No respetar la distancia de seguridad
  • Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo

Infracciones que restan 3 puntos

  • Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas
  • Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención
  • No utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. 

Conducir excediendo los límites de velocidad también resultará en la pérdida de puntos del carnet de conducir. Dependiendo del exceso y del límite determinado en la zona se puede sancionar con 6, 4 y 2 puntos.

Pérdida de puntos del carnet

Consejos para mantener los puntos del carnet

Ya has visto que consultar el saldo de tus puntos es sencillo y que además tienes varias opciones para controlarlos.

Recomendamos sobre todo que no bebas y conduzcas al mismo tiempo. No sólo puedes perder 6 puntos de tu carnet de conducir, sino que pones tu vida y la de otros en riesgo. Los puntos han sido diseñados para crear un ambiente sano en las carreteras, basado en el respeto mutuo entre conductores.

También puedes perder puntos si hablas por teléfono, o peor, si están mandando un WhatsApp. Aunque te pueda parecer una acción insignificante, es mejor que prestes atención a la carretera y a lo que estás haciendo. No solamente se trata de tus puntos, sino de tu seguridad y la de los demás. 

La buena noticia es que si eres un conductor responsable, la DGT también premiará tu comportamiento. Es posible que puedas alcanzar los 15 puntos en tu carnet de conducir. Si no has cometido una infracción en tres años consecutivos, se te añaden 2 puntos, y si no cometes infracciones en los siguientes tres años se te otorgará otro punto adicional.

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Cómo empadronarse en un municipio

El padrón municipal es el registro donde figuran los datos relativos a las personas que  viven en un determinado municipio. Estar inscrito en el padrón implica una serie de derechos (y obligaciones) por el hecho de ser vecino de una localidad concreta, y son muchos los trámites administrativos y judiciales en los que se exige un certificado de empadronamiento para poder llevarlos a cabo.

Empadronarse en el lugar de residencia es obligatorio por ley y se trata siempre de un acto individual, por ejemplo: todos los miembros de una misma familia deben empadronarse en el mismo domicilio que comparten. No vale con que lo haga uno solo (no se empadronan las viviendas, sino sus habitantes).

Los padres pueden empadronar a los menores de edad aportando la correspondiente documentación. Los dos motivos generales que requieren empadronarse son: el nacimiento o un traslado de residencia,  de un municipio a otro, o bien dentro de la misma localidad (en este caso, se trataría de una modificación en el padrón y no de una inscripción).

Cada ayuntamiento tiene sus propias normas y, sobre todo, una disponibilidad concreta de medios para hacer efectivo el empadronamiento, pero en general tienes dos vías para hacerlo.

Rellenar formulario

Cómo empadronarse de forma presencial

De manera presencial, debemos acudir a una oficina de atención del propio ayuntamiento y rellenanr el impreso correspondiente. En la mayoría de los municipios españoles es necesario ir al ayuntamiento para presentar (y firmar) la solicitud de empadronamiento. Otra cosa es pedir un certificado de empadronamiento (sencillo por internet), pero el acto de empadronarse sigue requiriendo presencia física en casi todos los casos.

Actualmente hay una excepción importante. Se trata de los recién nacidos que, una vez inscritos en el Registro Civil quedan automáticamente también inscritos en el padrón municipal del lugar de residencia de sus padres, aunque esto depende de que ambos organismos (registro y ayuntamiento) estén digitalizados.

Algunos ayuntamientos ofrecen la posibilidad de concertar cita previa para realizar este trámite. Se ofrece sobre todo en municipios grandes, con alta densidad de población. En uno de tamaño medio, no suele ser necesario. Basta con ir, rellenar el impreso y presentarlo. Estarás empadronado de manera inmediata.

Como empadronerse por Internet

Como hemos dicho, es sencillo pedir un volante o un certificado de empadronamiento on line siempre que se disponga de certificado digital o de usuario y cl@ve PIN pero para empadronarse, la mayoría de ayuntamientos exige la presencia física, aunque la tendencia es que poco a poco también sea posible realizar este trámite por internet.

Normalmente podremos realizar el trámite con DNI electrónico o certificado digital, pero en algunos municipios también podremos hacerlo con algún tipo de identificación alternativa (usuario y contraseña), o iniciando el trámite online y enviando la documentación rellenada por correo postal.

Requisitos para empadronarse

El padrón municipal recoge datos relativos a la persona y al domicilio donde habita. En el formulario correspondiente, deberás incluir: nombre y apellidos, sexo, número de DNI, y dirección completa.

En cuanto a la documentación imprescindible, se requiere original y fotocopia de:

  • DNI en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento para los niños menores de 14 años sin DNI.
  • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (si procede) que incluya el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y documento acreditativo de la identidad expedido en el país de origen.
  • Tarjeta de identidad de extranjero con número de NIE para ciudadanos no comunitarios.
  • Para acreditar el domicilio, habrá que aportar título de propiedad (por ejemplo la escritura pública de la vivienda) o bien un contrato de arrendamiento en vigor.

Tasas, tiempo de tramitación y validez

Como norma general, empadronarte en el ayuntamiento no te supondrá coste económico alguno. En la mayoría de los casos, tampoco implica desembolso económico solicitar un volante o certificado de empadronamiento, aunque hay ayuntamientos que sí cobran si se demandan dos o más certificados. El tiempo máximo del que dispone el organismo municipal para inscribirte en el padrón es de tres meses y si solicitas un certificado, el tiempo de validez del mismo suele ser también de tres meses.

Solo tienes que empadronarte una vez. La inscripción en este registro municipal permanece vigente hasta que cambies de domicilio, en cuyo caso tendrías que empadronarte en el municipio correspondiente a tu nuevo lugar de residencia. No se puede estar empadronado en dos sitios a la vez. La inscripción en un nuevo padrón supone la baja inmediata en el anterior. En caso de traslado de residencia, algunos ayuntamientos exigen la baja en el padrón anterior, otros no, simplemente al empadronarte en el nuevo, quedas automáticamente excluido del antiguo.

Para qué es necesario empadronarse

Estar inscrito en el padrón municipal supone poder demostrar el lugar donde vives habitualmente (y el tiempo que has residido). Si estás empadronado, podrás solicitar un certificado o volante que acredite esta circunstancia. Ambos documentos son muy similares aunque el certificado es válido para un número más amplio de gestiones. Puede hacerte falta por ejemplo para:

  • Renovar el DNI si has cambiado de domicilio.
  • Matricular tu vehículo en tu municipio.
  • Solicitar una plaza escolar en un colegio público o guardería.
  • Acceder a ayudas económicas o subvenciones municipales.
  • Demostrar tu lugar de residencia en un proceso legal.

Cómo empadronarse en Madrid

Tanto en Madrid como en Barcelona deberás aportar la misma documentación, según proceda, que te hemos indicado relativa a los documentos identificativos personales (DNI, NIE…) y de la vivienda (contrato de alquiler, escritura)

En cuanto al procedimiento, en Madrid puedes empadronarte de dos maneras:

  • Presencial. Acudiendo a alguna de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (Línea Madrid) siempre con cita previa si es para darte de alta en el padrón. Puedes obtener tu cita en la misma web del Ayuntamiento de Madrid o bien llamando al teléfono de información municipal 010.
  • Por correo ordinario. También en la web del ayuntamiento puedes descargar el impreso de alta en el padrón indicando el código postal correspondiente a tu domicilio. Una vez cumplimentado y firmado, deberás enviarlo a la dirección que figura en el propio impreso con fotocopia de los documentos que se solicitan. En unos días, recibirás en tu domicilio un volante en el que ya figures como empadronado.

Cómo empadronarse en Barcelona

En Barcelona, también puedes realizar el trámite de dos formas:

  • Presencial. Solicitando cita previa en la web municipal señalando la oficina de tu interés, donde deberás presentar la documentación pertinente para quedar inscrito en el padrón de manera inmediata.
  • Internet + correo postal. Por internet puedes solicitar que te envíen el formulario de solicitud de alta en el padrón a tu domicilio (no se puede rellenar directamente on line). Una vez recibido, tendrás que completarlo con tus datos y firmarlo. El siguiente paso es enviarlo por correo ordinario, en el plazo máximo de un mes, a la dirección indicada en el propio formulario. En unos días, recibirás en tu domicilio el volante que acredita tu inscripción.
  • Por teléfono. Este sistema es similar al anterior (internet), pero en este caso, puedes facilitar tus datos en el teléfono de información municipal 010. Una vez aportados, te enviarán por correo a tu domicilio la solicitud de alta, que deberás rellenar y hacer llegar a la dirección señalada en el propio impreso junto a la documentación solicitada. Recibirás en tu domicilio el certificado de empadronamiento a los pocos días.
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Cita previa con la Guardia Civil para intervención de armas

En España no se puede poseer ni portar un arma de fuego sin contar con la correspondiente autorización o licencia. Estos documentos, que acreditan que estamos autorizados a tener ese arma de forma totalmente legal, deben estar validados por las autoridades correspondientes y solicitarse en el departamento de Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente a la localidad donde acredite vivir el interesado.

Armas de fuego cortas, como pistolas o revólveres, armas de fuego largas, como las que se emplean en la caza mayor, escopetas de uso lúdico o deportivo, armas de aire comprimido… existen distintos tipos de armas de fuego que se clasifican teniendo en cuenta sus características, el uso al que están destinadas y especialmente su grado de peligrosidad.

(más…)

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Prefijos de teléfono 63030: Cómo funcionan

Es probable que en algún momento hayas recibido una llamada de un teléfono 63030. Posiblemente te ha extrañado mucho e incluso te ha generado varias preguntas. ¿De dónde es este número? La utilización del prefijo 63030 es algo compleja ya que más de una empresa o institución puede hacer uso de este prefijo para llamar a sus usuarios.

Generalmente, el número de teléfono con este prefijo suele ser de 14 a 15 digítos. Por otro lado, seguramente cuando quisiste devolver la llamada no pudiste localizar a la empresa o persona que te llamó.

Aunque el prefijo sólo se utiliza en España, a algunas personas les preocupa que pueda ser una llamada fraudulenta o del extranjero. Te explicamos que es el prefijo, cómo funciona y quiénes tienden a utilizarlo.

Qué es el prefijo de teléfono 63030

¿Qué sabemos del prefijo 63030? Sabemos que el prefijo 63030 corresponde a un número en España. Muchas empresas españolas añaden este prefijo cuando llaman desde una centralita RDSI.

En algunos casos, puede ser un servicio público, un hospital o centro de salud que utiliza el prefijo 63030 para contactar con las personas. Normalmente la operadora de este prefijo es Telefónica o Movistar.

Para devolver la llamada, depende mucho de la configuración de la centralita. Lo que suele pasar normalmente es que los últimos números muestran la extensión desde donde te han llamado. Sin embargo, no son números que puedan estar registrados en páginas amarillas y tampoco es fácil localizarlos en internet.

Cómo funcionan los teléfonos 63030

Prefijo 63030

Cuando una empresa o servicio utiliza el prefijo 63030, por lo general están utilizando los servicios de una central teléfonica. Las centralitas digitales permiten a las empresas o instituciones un servicio telefónico de alta velocidad que no incrementa demasiado sus gastos. Cada empresa puede tener un tipo de configuración diferente.

Aunque algunas personas muestran resistencia a temor a contestar este número, lo más probable es que la llamada sea para informarte de algo. Siempre se puede colgar si uno no está interesado.

A quién corresponde el prefijo 63030

Cómo explícabamos, el prefijo 63030 puede pertenecer a una empresa, una institución pública o privada, un centro de salud, o un hospital. Los últimos 6 digítos generalmente son diferentes.

Los prefijos telefónicos están regulados por disposiciones que cumplen con normas europeas. Los prefijos geográficos se asocian por lo general, con las provincias de España, posteriormente con la telefonía móvil y la telefonía ip.

Cómo las empresas tienen su propio sistema de telefonía pueden manipular el número del que llaman y pueden contar también con muchos números asignados.

Buscar un teléfono 63030

De acuerdo a la experiencia de varios usuarios sobre este prefijo, llamar al número que te ha marcado no te garantiza que podrás encontrar a la persona (o institución) que te hizo la llamada.

Si recibiste una llamada del 14 o 15 dígitos, con el los números 63030 antes, es difícil que encuentres el origen de la llamada. El número se determina desde la centralita teléfonica de donde se marca y cada centralita tiene su propia configuración.

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Cita previa para visitar internos en Centros Penitenciarios (prisiones)

Actualmente visitar a una persona que se encuentre privada de libertad en un centro penitenciario no resulta complicado, pero hay que tener en cuenta que para hacerlo necesitarás siempre pedir cita previa.

Cómo pedir cita previa para visitar a un recluso

El sistema actual pretende velar por el buen funcionamiento y por la seguridad en las prisiones, tanto para los reclusos como para los visitantes, por lo que, concertar la cita es la mejor manera de poder tener un contacto directo con aquellos familiares o amigos que estén cumpliendo una pena de cárcel.

El actual régimen de comunicaciones y visitas en prisiones impide ir directamente al centro penitenciario pretendiendo ver a la persona recluida de tu interés. Para evitar desplazamientos inútiles y pérdida de tiempo, puedes pedir tu cita por dos vías:

  • Teléfono. Actualmente hay un único número de teléfono para solicitar cita en cualquier centro penitenciario. Llamando al 91 335 60 99 podrás fijar con comodidad el día y hora de tu próxima visita, siempre teniendo en cuenta el horario disponible. Hasta hace no demasiado tiempo estaba habilitado un número 900 que ya no está operativo.Las citas por teléfono se otorgan los días entre semana, desde las 00:00 horas del lunes hasta las 23:59 horas del miércoles. Es importante no olvidar este horario limitado, especialmente si tienes interés en visitar a un interno un fin de semana concreto. En este caso, llama lo antes posible y recuerda que jueves y viernes no se dan citas. Esos días atenderán tu llamada en ese teléfono, pero solo para realizar alguna consulta sobre las citas ya asignadas.
  • Por Internet. Es también un manera de pedir cita cómoda y rápida, pero para hacerlo tendrás que disponer del certificado digital específico que expide la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y contar, además, con un navegador convenientemente actualizado.

Sala de espera de un centro penitenciario

Tipos de visita

Como norma general, hay dos tipos de visitas a internos:

Visitas en el locutorio

En el locutorio. Pueden realizarse una vez por semana, los sábados o los domingos en el horario que corresponda a cada recluso y que establezca cada centro. Algunos admiten estas visitas también los viernes por la tarde. Puedes informarte llamando directamente al centro de tu interés.

Vis a vis

El encuentro se produce en una sala independiente para garantizar la intimidad. A su vez pueden ser:

  • Visita familiar. La reunión se celebra una vez al mes y a ella está permitido que acudan un máximo de cuatro personas (generalmente pareja e hijos o padres y hermanos del recluso). La duración del encuentro oscila entre una y tres horas.
  • De convivencia. Destinada a un encuentro íntimo con el cónyuge o pareja.

Requisitos para la visita

Normalmente, son los familiares y amigos de la persona recluida los que acuden a prisión a visitarle. Ten en cuenta que a la hora de realizarla, los familiares deberán acreditar el parentesco (libro de familia, pareja de hecho…). En el caso de los amigos, es el interno quien ha de comunicar al centro su interés en ver a una determinada persona.

Una vez que la institución lo autorice, el amigo ya podrá solicitar, por teléfono, internet o en el centro, la visita. Lo mismo sucede con los encuentros íntimos vis a vis, que siempre requerirán la petición previa del recluso.

Recuerda que para acceder al centro penitenciario es imprescindible acudir con el correspondiente documento que acredite tu identidad (DNI). Además, siempre conviene informarse sobre los objetos no permitidos, aquellos que no podrás portar durante la visita y que tampoco podrás entregar al preso. En la web de Instituciones Penitenciarias (www.institucionpenitenciaria.es) tienes toda la información al respecto. 

Centros penitenciarios de España

A continuación, a modo informativo, te ofrecemos la lista completa de centros penitenciarios de España y su ubicación.

  • Centro Penitenciario A Lama, Pontevedra (Galicia)
  • Centro Penitenciario Albacete (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Albolote, Granada (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Alcalá de Guadaira, Sevilla (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Alcázar de San Juan (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Algeciras (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Alicante Cumplimiento (Comunidad Valenciana)
  • Centro Penitenciario Alicante II, Villena (Comunidad Valenciana)
  • Centro Penitenciario Almería (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Araba/Álava (Pais Vasco)
  • Centro Penitenciario Arrecife, Lanzarote (Canarias)
  • Centro Penitenciario Asturias
  • Centro Penitenciario Ávila (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Badajoz (Extremadura)
  • Centro Penitenciario Bilbao (Pais Vasco)
  • Centro Penitenciario Burgos (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Cáceres (Extremadura)
  • Centro Penitenciario Castellón (Comunidad Valenciana)
  • Centro Penitenciario Castellón II, Albocasser
  • Centro Penitenciario Ceuta
  • Centro Penitenciario Córdoba (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Cuenca (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Daroca, Zaragoza (Aragón)
  • Centro Penitenciario El Dueso (Cantabria)
  • Centro Penitenciario Herrera de la Mancha (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Huelva (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Ibiza (Baleares)
  • Centro Penitenciario Jaén (Andalucía)
  • Centro Penitenciario La Moraleja (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Las Palmas (Canarias)
  • Centro Penitenciario Las Palmas II (Canarias)
  • Centro Penitenciario León (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Logroño (La Rioja)
  • Centro Penitenciario Lugo-Bonxe (Galicia)
  • Centro Penitenciario Lugo-Monterroso (Galicia)
  • Centro Penitenciario Madrid I, Mujeres (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid II, Alcalá de Henares (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid III, Valdemoro (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid IV, Navalcarnero (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid V, Soto del Real (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid VI, Aranjuez (Madrid)
  • Centro Penitenciario Madrid VII, Estremera (Madrid)
  • Centro Penitenciario Málaga (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Málaga II (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Mallorca (Baleares)
  • Centro Penitenciario Melilla
  • Centro Penitenciario Menorca, Maó (Baleares)
  • Centro Penitenciario Murcia (Región de Murcia)
  • Centro Penitenciario Murcia II (Región de Murcia)
  • Centro Penitenciario Ocaña I, Toledo (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Ocaña II, Toledo (Castilla la Mancha)
  • Centro Penitenciario Ourense (Galicia)
  • Centro Penitenciario Pamplona I (Navarra)
  • Centro Penitenciario Puerto I, Cádiz (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Puerto II, Cádiz (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Puerto III, Cádiz (Andalucía)
  • Centro Penitenciario San Sebastián, Guipúzcoa (Pais Vasco)
  • Centro Penitenciario Santa Cruz de la Palma (Canarias)
  • Centro Penitenciario Segovia (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Sevilla (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Sevilla II (Andalucía)
  • Centro Penitenciario Soria (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Teixeiro, A Coruña (Galicia)
  • Centro Penitenciario Tenerife II (Canarias)
  • Centro Penitenciario Teruel (Aragón)
  • Centro Penitenciario Topas, Salamanca (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Valencia, Picassent (Comunidad Valenciana)
  • Centro Penitenciario Valladolid (Castilla León)
  • Centro Penitenciario Zaragoza (Aragón)
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